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Para todas las donaciones a este proyecto: deducción fiscal para las Personas Físicas del 75% de las donaciones en el IRPF. Hasta 150 €, resto el 30 o 35% según se indica en la Ley. Artículo 19 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Deducción fiscal para las Personas Jurídicas en el Impuesto de Sociedades del 35/40% según se indica en la Ley. Artículo 20 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Se facilitará un certificado de la aportación a efecto de deducción en los impuestos correspondientes.
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